Lo sentimos, el sitio web de Asesorame no funcionan correctamente si JavaScript no está habilitado.
Saltar al contenido principal

Consulado de Puebla · LMD 20/2022

Una solicitud de nacionalidad en la que se requirió documentación que ya había sido presentada, cotejada y retenida por el Consulado.

Asesorame

Año: 2025
Entidad: Consulado Honorario de España en Puebla · Consulado General de España en Ciudad de México · Servicio de Asuntos Registrales y Notariales
Situación: Incidencia documental
Resultado: Solicitud en revisión

Una familia había presentado sus solicitudes de nacionalidad española al amparo de la Ley 20/2022.

Dentro de la solicitud familiar, determinados documentos originales de los ascendientes ya habían sido presentados, cotejados y retenidos por la Administración.

Una de las integrantes de la familia no pudo comparecer en la misma fecha que sus familiares. Residente en Los Cabos, cuya demarcación correspondía al Consulado General de España en Monterrey, buscaba realizar su comparecencia junto con su familia en Puebla.

El Consulado Honorario de España en Puebla indicó que no podía agendar la cita hasta disponer físicamente de la credencial de elector actualizada.

Una vez completado ese trámite, la interesada pudo finalmente comparecer en Puebla el 17 de septiembre de 2025.

La comparecencia

Durante la comparecencia se acreditó su identidad, se firmó y selló el Anexo III y se presentó el acta de nacimiento original apostillada.

El documento fue cotejado y retenido por el Consulado.

Durante esta misma comparecencia se indicó la necesidad de aportar un juego adicional de originales apostillados de las actas de nacimiento y matrimonio de sus padres.

Esos documentos ya habían sido presentados anteriormente por sus familiares.

También habían sido cotejados y retenidos por el propio Consulado dentro de la solicitud familiar.

La situación planteaba una dificultad concreta: para completar la solicitud de la interesada habría que volver a obtener documentación que ya se encontraba en poder de la Administración.

Volver a obtener los documentos

La interesada debía regresar a Los Cabos por motivos laborales.

Su madre se encargó de gestionar el nuevo juego de documentos para que pudiera ser entregado posteriormente.

Las nuevas actas fueron solicitadas ante la autoridad mexicana el 22 de septiembre de 2025.

El trámite de apostilla fue ingresado el 25 de septiembre.

Las nuevas actas fueron finalmente emitidas el 24 de octubre.

Los tiempos de la solicitud y apostilla dependían de autoridades distintas y no estaban bajo el control de la interesada.

La dificultad ya no era únicamente reunir documentos.

Era determinar qué documentación debía volver a presentarse y cuál ya se encontraba disponible dentro de la solicitud familiar.

Revisar antes de volver a presentar

Ante esta situación, revisamos la solicitud para identificar:

  • qué documentos habían sido presentados anteriormente;
  • cuáles habían sido cotejados;
  • qué documentación permanecía en poder de la Administración;
  • qué actuaciones ya se habían realizado;
  • y qué documentación correspondía específicamente a la nueva comparecencia.

Con esta información, se solicitó formalmente el seguimiento de la solicitud y se hicieron llegar los antecedentes y la documentación disponible al Servicio de Asuntos Registrales y Notariales y al Consulado General de España en Ciudad de México.

El objetivo no era cuestionar el procedimiento.

Era presentar el expediente completo para que pudiera ser valorado con todos sus antecedentes.

La respuesta

La respuesta del Consulado General llegó en menos de un día.

Se confirmó que el trámite había sido recibido procedente del Consulado Honorario de Puebla y que se encontraba en proceso de revisión.

Además, se indicó expresamente que la documentación original presentada anteriormente por los familiares sería considerada para el expediente de la interesada.

También se informó que, si fuera necesaria documentación adicional, sería comunicada posteriormente.

Con ello, el expediente pudo continuar en revisión teniendo en cuenta documentación que ya obraba en poder de la Administración.

Lo que demuestra este caso

La solución no consistió simplemente en obtener más documentos.

Primero fue necesario entender qué había ocurrido.

La documentación no podía analizarse como una serie de documentos aislados. Formaba parte de un expediente familiar con actuaciones anteriores, documentos ya cotejados y documentación que permanecía en poder de la Administración.

La diferencia estuvo en reconstruir esa historia documental y presentarla de manera clara.

Una solicitud no siempre requiere más documentos. A veces solo necesita entender lo que ya se ha presentado.


Resultado

Expediente recibido por el Consulado General.

Documentación previamente presentada considerada para el expediente.

Procedimiento en revisión.

La resolución final sobre la nacionalidad corresponde a la autoridad competente.

Una gestión también consiste en reconocer lo que ya está hecho

En procedimientos administrativos, una incidencia documental no siempre requiere empezar de nuevo.

A veces requiere identificar correctamente qué se presentó, qué se cotejó, qué quedó en poder de la Administración y qué falta realmente.

En este caso, la autoridad confirmó que parte de la documentación previamente presentada podía ser considerada dentro del expediente de la interesada.

No se trató de exigir menos. Se trató de reconocer lo que ya estaba hecho.

Nacionalidad española

Entender transforma decisiones.

Ver especialidad →
Actualizado el 26 de ago. de 2026