Inscripción fuera de plazo o Post Mortem
Una inscripción fuera de plazo o Post Mortem significa registrar a una persona después de su fallecimiento o fuera del plazo legal establecido. Este trámite es esencial para casos como la obtención de la nacionalidad española para personas españolas de origen que no fueron inscritas a tiempo ante el Registro Civil.
Conoce cómo realizar el registro y cuáles son los requisitos para formalizar la inscripción de un pariente español de origen, ya sea después del plazo legal o tras su fallecimiento.
Los requisitos de una inscripción fuera de plazo o post-mortem son los siguientes:
- Que el abuelo/a haya nacido en México del bisabuelo español originario.
- Que el bisabuelo no hubiera perdido o renunciado a la nacionalidad española antes de que nacieran sus hijos.
- Que el abuelo no haya sido inscrito en el Registro Civil del Consulado de España de su lugar de nacimiento.
Es importante tener en cuenta a la hora de promover una inscripción fuera de plazo o post-mortem lo siguiente:
En el momento de nacer el hijo, su progenitor seguirá siendo español y la regulación vigente del Código Civil Español en ese momento se otorga con la nacionalidad española de origen a los nacidos en México y puedan solicitar una inscripción fuera de plazo o Post-Mortem las siguientes personas:
- Cualquier persona con interés legítimo con abuelos no inscritos en el Registro Civil competente.
El interés legítimo es cuando una persona:
Resulta afectada, directamente en su estado, bienes, derechos o sus herederos.
Según el Artículo 346 del Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Existiendo en la inscripción de un progenitor o abuelo cuando, entre otros motivos, la beneficie o permita el poder acceder a la nacionalidad española conforme con la Ley de Memoria Democrática.
¿Dónde se debe presentar la solicitud de inscripción?
Para este tipo de inscripción resulta competente el Registro Civil Consular de la respectiva demarcación donde se suscitó el nacimiento del progenitor o abuel@.
¿Qué documentos son necesarios?
La lista varía según el caso, se recomienda asesorarse con un especialista que pueda orientar su situación en cuestión.
¿Cuánto tarda?
Todo depende del Registro Civil en cuestión, del volumen de expedientes, de la complejidad del caso y sobre todo de la manera que se haya presentado el expediente, todo esto puede llevar un proceso de 3 meses hasta tres años.