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Regulación

En México todas las playas son públicas

Por decreto de ley se establece que todos los terrenos adyacentes a la ZOFEMAT, así como en Zona Federal, deben estar abiertos al público, garantizando el acceso libre en más de 397 kilómetros lineales de playa.

Decreto de ley 2020

  • El acceso a las playas y Zona Federal Marítimo Terrestre no podrá ser restringido, obstaculizado, ni condicionado.
  • Los propietarios de terrenos colindantes deberán permitir el libre acceso.
  • Se sancionará con multa de entre 3 mil y 12 mil veces la UMA a quienes lo impidan, restrinjan, obstaculicen o condicionen.
  • De impedirse el acceso, las concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdoes de destino respecto al aprovechamiento de la Zona Federal Marítimo terrestre, se revocarán.

Derechos de los ciudadanos

  • Derecho a acceder, usar y disfrutar libremente de las playas y la Zona Federal.
  • Cobrar por el acceso a estos espacios es un delito.
  • Los propietarios de terrenos colindantes deben permitir el acceso a la playa si no existen vías públicas. 

Cómo denunciar la restricción a una playa

Denunciando ante la PROFEPA a través de su sitio web www.profepa.gob.mx, por teléfono al 800 PROFEPA, o por correo electrónico a denuncias@profepa.gob.mx.

Profepa - La ley al servicio de la naturaleza - ¿Cómo puedes denunciar?
La Procuraduria Federal de Proteccion al Ambiente PROFEPA nace por la necesidad de atender y controlar el creciente deterioro ambiental en Mexico no tan solo en sus ciudades tambien en sus bosques selvas costas y desiertos lo cual sumado a una serie de eventos desafortunados como las explosiones ocurridas en la Ciudad de Guadalajara en el ano de 1992 provocadas por la acumulacion de gases explosivos en el subsuelo es que el Ejecutivo Federal implemento sus politicas publicas afines al medio ambiente y toma la decision de crear un organismo que tuviera entre sus atribuciones regular las actividades industriales riesgosas la contaminacion al suelo al aire y el cuidado de los recursos naturales.

Pide la PROFEPA no consumir productos ni subproductos de tortuga

Se debe destacar que las siete especies de tortugas marinas presentes en mares mexicanos, están clasificadas como "en peligro" o "en peligro crítico" según la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-059-SEMARNAT-2010
Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto identificar las especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo en la República Mexicana, mediante la integración de las listas correspondientes, así como establecer los criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las especies o poblaciones, mediante un método de evaluación de su riesgo de extinción y es de observancia obligatoria en todo el Territorio Nacional, para las personas físicas o morales que promuevan la inclusión, exclusión o cambio de las especies o poblaciones silvestres en alguna de las categorías de riesgo, establecidas por esta Norma.

La PROFEPA considera la extracción y comercio de huevos de tortuga marina como un delito ambiental, con penas de prisión y multas según la gravedad del caso. La NOM-059-SEMARNAT-2010 prohíbe la extracción de huevos de tortugas marinas, incluso para consumo, pues estas especies están en peligro de extinción.

De acuerdo con el artículo 420 del Código Penal Federal, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y multa que va de los 300 a los tres mil días, a quien ilícitamente recolecte o almacene los productos (como son los huevos) y subproductos de tortugas marinas, y se aplicará una pena adicional de tres años más de prisión y hasta mil días de multa adicionales a quienes realicen estas actividades en un área natural protegida.